Acumulación de permisos ¿Qué es?
La acumulación del permisos por nacimiento en las familias monoparantales es una lucha social actual de la que formo parte activa y, aunque seguimos esperando una Sentencia del Tribunal Supremo, tenemos muchísimos Juzgados y Tribunales que ya han reconocido este derecho ¡Compruébalo aquí!
Lo que se quiere conseguir es la suma de las 16 semanas que se conceden al «segundo» progenitor, a las 16 semanas del único progenitor existente en una familia monoparental. De esta forma, todo bebé, independientemente de los progenitores que tenga, disfrutaría de 32 semanas de cuidados.
¿Cuándo se pide la acumulación de permisos?
Cuando quieras antes de los 12 primeros meses de nacer tu peque o de adoptarle, pero mi recomendación es siempre pedirla después de haber pedido el permiso de maternidad o paternidad normal y cuando este esté aprobado (te llegará una carta o un aviso por sms o por email).
De esta forma, nos aseguramos, como mínimo, de disfrutar de nuestras 16 semanas empezando a cobrar la prestación desde el principio y sin retrasos.

Los permisos por nacimiento sólo se pueden disfrutar durante los primeros 12 meses de vida del bebé (y en ese tiempo hay que pedir la acumulación).
Por lo tanto, la solicitud hay que hacerla con margen suficiente para poder disfrutar las +16 semanas dentro del primer año en caso de que nos las concedieran.
¡Y no te preocupes si tu sentencia llega después de que tu bebé haya cumplido 12 meses! No pierdes tu derecho a acumular por eso. Lo importante es que tú lo pidas en plazo, si después tardan, no es tu culpa y no pasa nada.
¿Cómo se pide la acumulación de permisos?
- Solicitud al INSS: Se presenta el formulario «Revisión de prestaciones» solicitando que se revise tu prestación porque eres familia monoparental y alegando todos los motivos discriminatorios que hay por esto. Además, tendrás que adjuntar todos los documentos necesarios para acreditar que eres familia monoparental. El INSS siempre lo va a denegar.
- Reclamación administrativa previa: Si han pasado 30 días desde nuestra solicitud y el INSS no nos ha contestado todavía se considera silencio administrativo o si el INSS nos ha contestado denegando la solicitud Tenemos 30 días hábiles (no cuentan sábados domingos ni festivos) como máximo para hacer una reclamación administrativa previa a esa denegación.A esta reclamación el INSS debería contestarnos (por supuesto, denegándola de nuevo) pero a veces ni contesta. Así que cuando nos conteste o cuando hayan pasado 45 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) sin respuesta desde que hicimos la reclamación, pasamos a la última fase.
- Demanda: Por último, tenemos que iniciar un proceso judicial a través de una demanda y ya aquí será el juez o la jueza quien determinará si se nos acumula la prestación por ser familia monoparental o no. Y sí, hay Sentencias que no nos dan la razón, pero también hay muchísimas a favor. Ya tenemos las del TSJ de País Vasco, Galicia, Extremadura, Castilla y León, Madrid (Sección 2ª) y Zaragoza, y de muchos Juzgados de Cataluña, Baleares, Canarias….
Si necesitas ayuda con este tema puedes escribirme aquí y puedes echarle un vistazo a mi instagram donde subo mucha información valiosa aquí.